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Embajada de los Estados Unidos en Filipinas

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generalmente, los miembros de la familia inmediata pueden acompañar a los solicitantes de pasaporte o CRBA a sus entrevistas de cita en una embajada o consulado de los Estados Unidos, y todos los niños menores de edad deben estar acompañados por un padre o tutor. Los solicitantes de pasaporte o CRBA también tienen la opción de estar acompañados por un abogado en su entrevista de cita., La asistencia de cualquier tercero, incluido un abogado, que acompañe a un solicitante está sujeta a los siguientes parámetros diseñados para garantizar un proceso ordenado de entrevista de cita y para mantener la integridad de la adjudicación de la solicitud(S):

O dadas las limitaciones de espacio en la Sección consular, no se permitirá que más de un asistente a la vez acompañe a un solicitante (o al padre o tutor del solicitante si el solicitante es menor de edad).,

o la asistencia de un abogado no exime al solicitante y/o al padre o tutor del solicitante menor de asistir a la entrevista de cita en persona.

o la manera en que se lleva a cabo una entrevista de nombramiento de pasaporte o CRBA, y el alcance y la naturaleza de la investigación, serán en todo momento a discreción del Oficial consular, siguiendo la orientación Departamental aplicable.,

o se espera que los abogados brinden a sus clientes asesoramiento legal relevante antes de, en lugar de en, la entrevista de cita, y aconsejarán a sus clientes antes de la entrevista de cita que el cliente participará en la entrevista de cita con asistencia mínima.

o los abogados no podrán participar en ninguna forma de argumentación legal durante la entrevista de nombramiento y ante el funcionario consular.,

o los asistentes que no sean un padre o tutor que acompañe a un menor no pueden responder la pregunta de un funcionario consular en nombre o en lugar de un solicitante, ni pueden resumir, corregir o intentar aclarar la respuesta de un solicitante, o interrumpir o interferir con las respuestas de un solicitante a las preguntas de un funcionario consular.

o en la medida en que un solicitante no entienda una pregunta, debe buscar una aclaración del Oficial consular directamente.,

o el oficial consular tiene discreción exclusiva para determinar el(los) Idioma (s) apropiado (s) para la comunicación con el solicitante, basado en la facilidad tanto del oficial como del solicitante y la manera y forma que mejor faciliten la comunicación entre el oficial consular y el solicitante. Los asistentes no pueden exigir que las comunicaciones se realicen en un idioma en particular únicamente para el beneficio del asistente., Tampoco podrán los asistentes objetar o insistir en la participación de un intérprete en la entrevista de la cita, en las calificaciones de cualquier intérprete, o en la manera o sustancia de cualquier traducción.

o ningún asistente puede entrenar o instruir a los solicitantes sobre cómo responder la pregunta de un oficial consular.

o los asistentes no pueden objetar a la pregunta de un oficial consular por ningún motivo (incluido que el Asistente considere que la pregunta es inapropiada, irrelevante o contradictoria), o indicar al solicitante que no responda a la pregunta de un oficial consular., Los asistentes no pueden interferir de ninguna manera con la capacidad del Oficial consular para llevar a cabo todas las investigaciones y averiguaciones necesarias para ejercer sus responsabilidades para adjudicar la solicitud.

o durante una entrevista de cita de pasaporte o CRBA, los asistentes no pueden discutir o preguntar sobre otras solicitudes.

o los asistentes pueden tomar notas escritas, pero no pueden grabar las entrevistas de la cita.

o los asistentes no pueden participar en ninguna otra conducta que interrumpa materialmente la entrevista de la cita., Por ejemplo, no pueden gritar ni tratar de intimidar o abusar de un funcionario o personal consular, y no pueden participar en ninguna conducta que amenace la Seguridad Nacional de los Estados Unidos o la seguridad de la embajada o su personal. Los asistentes deben seguir todas las políticas de seguridad del Departamento de estado y de la embajada o consulado de los Estados Unidos donde se lleva a cabo la entrevista de la cita.

Los asistentes no pueden participar en ninguna conducta que viole esta política y/o interrumpa materialmente la entrevista de la cita., El incumplimiento de estos parámetros dará lugar a una advertencia al asistente y, si se ignora, se le puede pedir que abandone la entrevista de cita y/o las instalaciones, según corresponda. Entonces sería la elección del solicitante si continuar la entrevista de cita sin la presencia del asistente, sujeto a la discreción del Oficial consular para terminar la entrevista de cita. La seguridad y la privacidad de todos los solicitantes que esperan servicios consulares, así como del personal consular y de la embajada, es una consideración primordial.

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